Promueve Tribunal Electoral inmunidad para sus empleados
EL TRIBUNAL ELECTORAL “olvida” cumplir la Ley General de Responsabilidades. A pesar de que la Ley de los Servidores Públicos entró en vigor desde el pasado mes de julio de 2017 y que la Ley Estatal de Responsabilidades administrativas es obligatoria de igual forma desde el mes pasado, el Tribunal Local Electoral se las pasa por el arco del triunfo y “olvida” crear las áreas de investigación y substanciación a que obligan dichas normas.
PEOR AÚN Y PARA ESCAPARSE de la sanción de faltas administrativas graves, crea en su reglamento interno un procedimiento regulado ante su propio pleno, cuando la legislación exige que quien sancione sea un Tribunal diverso, la Sala Administrativa.
Y ES QUE LA LEY GENERAL señala que, para todos los funcionarios públicos que cometan faltas administrativas, se tendrá que crear una unidad de investigación, una de substanciación y una resolutora, que no deben estar supeditadas entre sí, y menos aún subordinadas. Sin embargo, el reglamento del Tribunal decide que la Ley General es errónea y establece un procedimiento con sus propios plazos donde la propia contraloría investiga y desahoga las pruebas (primera violación) y el Pleno resuelve (segunda violación al ser el resolutor un superior del investigador y substanciador).
PERO DONDE SÍ SE VOLARON la barda los magistrados al emitir su reglamento es en que no distinguen entre faltas no graves (que sanciona el propio ente) y las graves (que debe sancionar la sala administrativa que no la electoral). Alejados totalmente del sistema anticorrupción que justamente busca homologar plazos, criterios, procedimientos y sanciones. No cabe duda que el que hace la ley, hace la trampa.
Por: Pluma Negra
Foto: El Heraldo